A través de este artículo vamos a enseñaros todas las formas de contacto con extranjería y el modo de pedir cita previa, para poder resolver cualquier necesidad administrativa que se necesite. Todos aquellos ciudadanos extranjeros o aquellos representantes autorizados que tengan que hacer papeleos relacionados con extranjería van a poder obtener el teléfono de atención al cliente gracias a esta guía.
Has de saber también que en el susodicho caso en el que se necesiten autorizaciones de trabajo o de residencia que sean por cuenta ajena inicial, es el que emplea o el representante autorizado el que debe ejecutar dicha solicitud. En total existen 3 modalidades que permiten pedir Cita Previa en Extranjería: la primera, y más evidente, es por medio del teléfono de cita previa de extranjería que no es otro que el 060. Se trata de un número corto y sencillo de recordar. Un operador virtual nos informará sobre el coste de la llamada y posteriormente nos ofrecerá un par de opciones para seleccionar la que más nos interese.
La segunda es a través de Internet y gracias a la web de la Sede electrónica de la Secretaría de Estado de la Administraciones Públicas. Para ello debes acceder al apartado “Cita Previa Extranjería” e introducir tu lugar de residencia antes de hacer clic en Aceptar. Luego eliges provincia y seleccionas el tipo de trámite que necesitas hacer. Finalmente vemos el resumen y pulsamos aceptar.
El tercer y último método es a través de la App “Cita Previa Extranjería” que te ofrece la comodidad de poder realizar dicha gestión desde cualquier lugar gracias a tu móvil o tablet. Eso sí, siempre que dispongas de datos o de una conexión de WIFI.
Índice del artículo
¿Cómo consultar el expediente de extranjería?
Lo primero que debes saber es que ya no es necesario acudir a una oficina para realizar este tipo de trámite, ya queda a tu elección. La forma mas sencilla es la de realizar la consulta a través de la sede electrónica de extranjería. Dicho estamento ofrece 3 formas de hacer la consulta: con un mensaje de texto, por teléfono y gracias a la página web.
- Mensaje de texto.
- Llamada telefónica.
- Página web.
¿Cómo ver el estado de tramitación de expedientes de extranjería?
Ya os hemos hablado de los mecanismos para acceder al expediente y ahora os vamos a explicar la forma de ejecutarlos:
- Mensaje de texto. Enviándolo al teléfono 638444386. Dicho mensaje no va a tener ningún coste adicional. Se trata de una función únicamente de carácter informativo. Debemos incluir en el mismo las palabras “EXPE” con un espacio en blanco posterior y los números del código del expediente.
- Llamada telefónica. Al número 902022222. Simplemente deberás seguir con las instrucciones que te indica el operador virtual.
- Página web. Como ya hemos mencionado antes se hace por medio de la página web de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas. Para ello debes de acudir al apartado “mis expedientes”.
¿Cómo consultar el expediente por NIE?
Igualmente vas a poder realizar la consulta gracias a tu código NIE, aunque este método ya solo se puede hacer por dos vías:
- Mensaje de texto. Utilizando el mismo número que antes, pero en esta ocasión introduciendo las siglas “NIE”, espacio y tu código NIE incluyendo también las letras.
- En la web. Acudiendo a la misma página, solo que esta vez deberás completar los datos que te solicitan en el formulario introduciendo tu número NIE.
Oficinas de Extranjería en España
En este epígrafe os vamos a facilitar algunas de las direcciones por provincia y teléfonos de dichas oficinas para que podáis acudir a realizar vuestros papeleos.
- Andalucía
- Almería, Calle Marruecos, 1, 950 625 401
- Cádiz, Calle Acacias, 2, 902 022 222
- Córdoba, Plaza De la Constitución, 1, 957 989 000, 957 989 228
- Granada, Calle San Agapito, 2 (Esquina Ribera del Beiro), 958 909 000
- Huelva Calle Fernando el Católico, 36, 959 759 068, 959 759 091
- Jaén, Plaza De las Batallas, 2, 953 999 060, 953 999 960, 953 999 963
- Málaga, Calle Mauricio Moro Pareto, 13 95 298 04 60
- Sevilla, Plaza de España, S/N (Torre Norte), 95 556 94 45, 95 556 94 50
- Aragón
- Huesca, Avenida Martínez de Velasco, 16, 974 769 035
- Teruel, Calle Miguel Vallés, 2, 978 969 160
- Zaragoza, Calle Obispo Covarrubias, S/N, 976 980 020
- Asturias
- Oviedo Plaza de España, 3, 984 769 337, 984 769 349, 984 769 350
- Baleares
- Ibiza, Paseo Marítimo Juan Carlos I, s/n, (Casa del Mar – 2ª planta), 971 989 050, 971 989 056
- Menorca, Plaza Miranda, 22 (Mahón), 971 989 281
- Palma de Mallorca, Calle Felicià Fuster, 7, 971 989 000
- Canarias
- Las Palmas de Gran Canaria, Plaza de la Concordia, 5, 928 999 260
- Santa Cruz de Tenerife Calle La Marina, 20, 922 999 316, 922 999 337
- Cantabria
- Santander, Calle Vargas, 53, 942 999 399
- Castilla y León
- Ávila, Calle Hornos Caleros, 1, 920 759 153
- Burgos Calle Vitoria, 34 947 769 068, 947 769 070, 947 769 071
- León Avenida De Asturias, 4, 987 969 000
- Palencia, Avenida Casado del Alisal, 4, 979 999 000
- Salamanca, Calle Gran Vía, 31 (planta baja), 923 759 161, 923 759 103
- Segovia, Plaza de Adolfo Suárez, 1, 921 759 134
- Soria Calle Alfonso VIII, 2, 975 759 166, 975 759 107
- Valladolid, Calle Arzobispo José Delicado, 7, 983 999 221, 983 999 222, 983 999 233
- Zamora Plaza De la Constitución, 1, 980 759 148,
- Castilla La Mancha
- Albacete, Calle Calderón de la Barca, s/n, 967 769 123
- Cuenca, Calle Lorenzo Hervás y Panduro, 4, 969 759 026, 969 759 028
- Ciudad Real, Carretera de Porzuna, 1 (Baja), 926 989 060
- Guadalajara, Paseo Fernández Iparraguirre, 8, 949 759 090
- Toledo Ronda de Buenavista, 57, 57, 925 989 268
- Cataluña
- Barcelona, Sede 1. Paseo San Juan, 189-193, Sede 2. Calle Murcia, 42, 93 520 14 10
- Girona, Sede 1. Avenida Jaume I, 17, Sede 2. Avenida Jaume I, 38, 972 069 140
- Lleida Avenida Prat de la Riba, 36, 973 959 230
- Tarragona, Avenida Estanislau Figueras, 59, 977 999 149. 977 999 000
- Extremadura
- Badajoz, Avenida de Europa, 1, 924 979 447
- Cáceres, Calle Catedrático Antonio Silva, 7 927 749 083927 749 151
- Galicia
- Teléfono general: 902 02 22 22
- A Coruña, Calle Real, 53 (Bajo), 981 989 327
- Lugo, Calle Río Neira, 19-23, 982 759 079, 982 759 072, 982 759 070
- Ourense, Calle Parque San Lázaro, 1, 988 759 117, 988 759 120, 988 759 182
- Pontevedra, Calle Michelena, 28, 986 989 110, 986 989 111, 986 989 112
- Madrid
- Madrid: Sede Central,Calle Silva, 19, 91 272 95 00
- Madrid: Almagro – Chamberí Calle García de Paredes, 65, 91 272 91 71
- Madrid: Cuatro Caminos – Tetuán), Calle Manuel Luna, 29, 91 272 95 00
- Madrid: Carabanchel, Avenida Plaza de Toros, 14, 91 272 95 00
- Alcobendas, Calle Del Fuego, 26, 91 651 90 03, 91 651 90 06
- Leganés, Calle San Nicasio, 31, 91 272 95 00
- Murcia
- Murcia Calle Francisco Alfonso Hidalgo Martínez, Km.388, N-301. Cabezo Cortado-Espinardo, 38, 968 989 600
- Navarra
- Pamplona, Avenida de Guipúzcoa, 40 (bajo – Buztintxuri), 948 979 203, 948 979 200
- País Vasco
- Áraba, Calle Olaguibel, 1 (Vitoria-Gasteiz), 945 759 490, 945 759 480
- Bizkaia, Calle Gran Vía D. Diego López de Haro, 50 (Bilbao), 94 450 94 35
- Gipuzkoa, Plaza Pío XII, 6 (Donostia/San Sebastián),943 989 110, 943 989 120, 943 989 122
- La Rioja
- Logroño, Calle Jorge Vigón, 72, 941 759 000, 941 759 218
- Comunidad Valenciana
- Alicante, Calle Ebanistería, (Polígono de Babel), 4 y 6, Calle San Isidro Labrador, 1m (Altea), 96 501 93 00, 96 501 92 60
- Castellón, Avenida Casalduch, 37, Calle Escultor Viciano, 2 (Edificio Administrativo La Pau.) 964 759 250, 964 759 340
- Valencia, Calle Diputada Clara Campoamor esquina Motilla de Palancar, 23, Avenida de la Constitución, 106-108, Avenida de la Constitución, 116, 96 307 98 00
- Ceuta
- Ceuta, Avenida Nuestra Señora de Otero, (Edificio Mutua), S/N, 956 984 440
- Melilla
- Melilla,Paseo Alcalde Rafael Ginel, S/N, 95 299 12 61, 95 299 12 62
¿Cuáles son las Comisarías de Policía donde se realizan trámites de extranjería?
En la siguiente dirección vamos a poder encontrar un listado completo de oficinas de la Dirección General de la Policía en España. A continuación os mostramos un ejemplo de las más visitadas y que por tanto son más relevantes:
- Barcelona: Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Barcelona (Guadalajara). Dirección: C/ Guadalajara Nº 1-3 – 08006, Barcelona. Teléfono: 932903210
- Madrid: Sección de Documentación de Extranjeros de la Secretaría Gral. de la JSP. Dirección: Avenida de los Poblados S/N – 28047 Madrid. Teléfono: solo presencial.
- Alicante: Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Alicante. Dirección: C/ Isabel la Católica Nº 25 – 03007, Alicante. Teléfono: 965148888
- Murcia: Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Murcia. Dirección: C/ Francisco Alonso Hidalgo Martínez, 38, Km 388 N-301, Cabezo Cortao, 30100, El Puntal (Murcia). Teléfono: 968989600 (Pagina web Oficina Única de Extranjería http://ouemurcia.cgsmurcia.org/)
- Valencia: Secretaría General. Dirección: Calle dels Gremis nº 6 – Polígono Vara de Quart – 46014, Valencia. Teléfono: 963136106
- Málaga: Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Málaga. Dirección: Plaza Manuel Azaña, Nº3 – 29006, Málaga. Teléfono: 952046468 / 952046213
- Zaragoza: Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Zaragoza. Dirección: Avd. de Valencia Nº 50 – 50005, Zaragoza, Teléfono: 976791495
- Granada: Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Granada. Dirección: C/ La Palmita S/N – 18014, Granada. Teléfono: 958808181
- Almería: Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Almería. Dirección: Avda. Mediterráneo nº 201 – 04006, Almería. Teléfono: 950623103 / 950759324
- Pamplona: Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Pamplona. Dirección: C/Avenida de Guipuzcoa 40 – 31012, Pamplona (Navarra). Teléfono: 948979200
- Bilbao: Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Bilbao. Dirección: C/ Gordoniz Nº 8 – 48015, Bilbao. Teléfono: 944709151
- Sevilla: Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Sevilla. Dirección: Avd. Blas Infante Nº 12 3º – 41011, Sevilla. Teléfono: 954289715 / 954289725
¿Cuáles son los trámites que se pueden realizar?
Los tipos de trámites que podemos efectuar en una oficina de extranjería son los siguientes:
- Permiso de residencia y trabajo.
- Reagrupación familiar.
- Autorizaciones de residencia temporal debidas a circunstancias excepcionales como el arraigo familiar.
- Renovaciones de residencias temporales.
- Autorización de residencia de larga duración.
- Modificación de situaciones de personas extranjeras.
- Autorización de residencia de menores.
- Visado de adopción de menores extranjeros.
- Autorización de residencia de familiares de ciudadanos comunitarios.
- Cédulas de inscripción.
- Recursos y expedientes sancionadores.
¿Cuáles son las hojas informativas de extranjería?
Estas son las hojas informativas a las que podemos acceder en la web y que nos ofrecen información para la realización de trámites y de procedimientos:
- Ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y Suiza. En el podemos leer las condiciones y derechos de entrada y salida, libre circulación, residencia, estancia y trabajo dentro de España para todos aquellos ciudadanos pertenecientes a la Unión Europea (UE).
- Ciudadanos pertenecientes a otros Estados. Igualmente podremos consultar las condiciones de entrada, estancia, residencia, estudios, trabajo, residencia, reagrupación familiar y otro tipo de autorizaciones de todos aquellos ciudadanos procedentes de terceros estados.
- Ciudadanos de otros Estados, pero con autorizaciones vinculadas al mundo de los negocios y al talento. Quedan recogidas todas aquellas condiciones de entrada y residencia para extranjeros que quieran invertir o emprender dentro de nuestro territorio. También aquellos profesionales altamente cualificados, los traslados entre empresas, investigadores o profesores (universitarios, de centros de educación, investigación, escuelas de negocio y diferentes órganos).
- Documentación relacionada con ciudadanos extranjeros. Toda aquella información que necesita un extranjero para obtener la documentación que acredite la situación legal dentro del país a extranjeros.
- Otro tipo de información. Como es el caso de trámites, informes de legalización, traducción de documentos, visados, sujetos legitimados…
- Aquí tienes también el listado completo de las hojas informativas.
¿Cuáles son los formularios para solicitar trámites de extranjería?
Estos pueden ser descargados desde el portal de inmigración en la secretaria de Estado de Migraciones, perteneciente al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Se trata de formularios oficiales que son necesarios a la hora de iniciar procedimientos a la hora de obtener documentación necesaria para extranjeros. Están regulados por la Ley Orgánica 4/2000 que habla sobre derechos y libertades de los extranjeros en España para si integración social.
¿Cómo consultar trámites de extranjería?
Se hace desde la siguiente página y dispones de 2 opciones para realizar la operación:
- Información sobre el estado del expediente mediante clave. Siempre que disponga de un mecanismo de identificación mediante clave para poder autentificarte.
- Información sobre el estado del expediente mediante formulario. Deberás facilitar una serie de datos para verificar tu identidad y localizar el expediente que necesitas.
¿Cómo pedir cita para la toma de huellas en extranjería?
El procedimiento para pedir cita para la toma de huellas es el siguiente: primero tienes que acceder a esta página, lo siguiente es seleccionar la provincia y seleccionar el tipo de trámite que requerimos, en este caso “Toma de huellas” (expedición de tarjeta) y renovación de la tarjeta de larga duración.
Preguntas frecuentes
A continuación, vamos a intentar ofrecer una respuesta a todas aquellas preguntas que aún quedan en el tintero y que suponen dudas comunes de los ciudadanos extranjeros.
¿Qué es la Ley de Extranjería de España?
Se trata de una Ley Orgánica, la 4/2000, sobre los Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, que regula la entrada y estancia de extranjeros no pertenecientes a la UE en España. Marca también los derechos y libertades que les son reconocidos a estos.
¿Cómo renovar autorizaciones de extranjería?
Vas a poder renovar tu tarjeta de residencia dos meses antes de la fecha de caducidad o también los tres meses posteriores, en este último caso, con riesgo de sufrir una sanción administrativa. Para dicha renovación vas a tener que cumplir y demostrar una serie de requisitos:
- Disponer de trabajo en España, tiene que ser el mismo puesto y trabajo que propició la concesión del permiso.
- Tienes que haber estado trabajando y haber estado dado de alta en la Seguridad social por lo menos un mínimo de 9 meses en 1 año o 18 en 2 años.
- Necesitas acreditar que has estado realizando la actividad un mínimo de 6 meses al año, existiendo la posibilidad de demostrar que posees un nuevo contrato de trabajo.
- También si has trabajado por un periodo mínimo de 3 meses por año. Para ello es necesario acreditar que la relación laboral que permitió la autorización fue interrumpida por causas ajenas al trabajador extranjero. Tu contrato de trabajo tiene que estar en vigor en el momento de la solicitud.
- La solicitud será también posible si se demuestra que se percibe una prestación o pensión económica asistencial por causas de integración.
- Si demuestras que tu cónyuge dispone del capital suficiente para mantenerte, también lo puedes solicitar.
- Si la relación laboral se corto a causa de violencia de género también puedes solicitar la renovación del permiso.
Documentación necesaria:
- Modelo oficial (EX–03 por duplicado, cumplimentado y firmado.
- Copia completa del pasaporte o título de viaje no caducado.
- Copia de documentación acreditativa de poseer la capacitación y cualificación profesional.
- NIF ó NIE.
- Consentimiento para comprobar los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia del empleador (persona física).
- NIF de la empresa que va a emprender.
- Escritura de constitución de la empresa empleadora.
- Copia del documento público que acredite que el firmante de la solicitud de autorización ostenta la representación legal de la empresa.
- NIF o NIE del representante empresarial.
- Consentimiento para comprobar los datos del representante de la empresa a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia.
- Contrato de trabajo firmado.
- Declaración del IRPF, o del IVA, o del Impuesto de Sociedades o del informe de la vida laboral de la empresa (VILE) (de los últimos tres años).
- Memoria descriptiva de la ocupación a realizar.
- Última declaración del IRPF o certificación de los ingresos emitida por la Administración Tributaria.
¿Qué hace un abogado de extranjería?
Es un profesional del derecho especializado en promover la defensa de los Derechos Humanos de los extranjeros, en dignificar la labor en el área del Derecho de Extranjería y en asegurar la Administración de justicia para el extranjero.
¿Cuál es el plazo de resolución de los procedimientos?
Como norma general el plazo máximo para dar notificación sobre las resoluciones relacionadas con la ley orgánica 4/2000 es de 3 meses, los cuales comienzan a ser contados al día siguiente de la fecha de autorización de residencia. En el caso de que se trate de una reagrupación familiar será en la mitad de ese plazo. Si nos referimos a visados, sin ser prorrogable, es de un mes. La excepción son los visados de residencia no lucrativa que llega a los 3 meses.
¿Cómo ver notificaciones de expedientes de extranjería?
Gracias a las notificaciones electrónicas a las que accedes a través de la sede electrónica y que son enviadas de forma individual al identificarte en la página. Se accede a través de la sección del menú que reza “Mis Expedientes” o en algunas páginas “Mis Notificaciones”.